miércoles, 11 de octubre de 2017

Violan DDHH la COMAR y al INM de migrantes solicitantes de refugio

De la Mesa de Redacción Rafael Castilleja
De Arcano Político


Al centro Édgar Corzo Sosa, Quinto
Visitador General de la CNDH.
Aumentó en México 578 por ciento de emigrantes en condición de refugiado y de enero a septiembre de este año 10,262 personas han solicitado la protección internacional, informó en conferencia de prensa en la Ciudad de México este miércoles 11 de octubre, conocer , Édgar Corzo Sosa, Quinto Visitador General de la CNDH.

El Quinto Visitador General de la CNDH presentó la Recomendación 35/2017, dirigida a la COMAR y al INM, por violaciones a los derechos humanos en agravio de un grupo de personas en contexto de migración que solicitaron el reconocimiento de la condición de refugiado

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) destaca que el incremento en el número de solicitudes de la condición de refugiado en nuestro país se elevó en 578%, y de enero a septiembre de este año 10,262 personas han solicitado la protección internacional en México.

La mayoría de esas solicitudes son de personas provenientes de los países que integran el Triángulo Norte de Centroamérica: Guatemala, Honduras y El Salvador, quienes salen de su país como consecuencia de inseguridad, violencia, reclutamiento forzado y amenazas.

Al centro Édgar Corzo Sosa, Quinto
Visitador General de la CNDH.
Pese al aumento de solicitudes de la condición de refugiados, la CNDH considera que el otorgamiento de la misma en México es aún insuficiente ante las condiciones de violencia que se viven en la región centroamericana, y como consecuencia de esa movilidad humana las autoridades migratorias mexicanas de tuvieron en 2016 a 186,216 personas, y a julio del presente año había sido detenidos 52,106, de los cuales más de 80% provinieron del citado triángulo norte de Centroamérica.

Así lo dio a conocer el Quinto Visitador General de la CNDH, Édgar Corzo Sosa, quien apuntó que en distintas ocasiones esta Comisión Nacional ha exhortado al Estado mexicano a reforzar las acciones de protección en favor de los derechos humanos de las personas solicitantes de la condición de refugiado y de los refugiados, así como valorar desde un enfoque garantista y de protección integral la situación de vulnerabilidad que enfrentan.

Consideró que el país debe estar preparado no sólo para un incremento en el flujo de solicitudes, sino también para el aumento de reconocimientos de la condición de refugiados. Es decir, no solamente darles el reconocimiento, sino ver qué integración a la sociedad va a tener la persona refugiada.

Tan sólo en este año hubo 10,262 solicitudes de las cuales 2,668, el 26%, vienen de venezolanos y 601 ya han sido reconocidos como refugiados.

Al centro Édgar Corzo Sosa, Quinto
Visitador General de la CNDH.
Explicó que, aunque no es constante el flujo de solicitantes en materia de refugio ha tenido incremento importante, ya que en 2013 hubo 28 solicitudes, en 2014, 460; 2015, 951; 2016, 3,076, y en lo que va de este año, 1,357, y en 2016 pasaron por nuestro país 40 mil niñas, niños y adolescentes, los cuales interpusieron 242 solicitudes y sólo se aceptó a 103.

Señaló que hablar de refugiados y solicitantes de dicha condición es referirse a personas que regresar a su país de origen les representa perder la vida o la libertad, por lo cual llamó a la sociedad a sensibilizarse y prepararse para colaborar con las instituciones mexicanas en la protección de la vida de quienes solo tienen a México como la única posibilidad de cambiar su destino de muerte y violencia.

De acuerdo con el Reporte sobre Migración Internacional 2015 de Naciones Unidas, 54 millones de personas refugiadas y solicitantes de refugio viven de América del Norte y 9 millones en América Latina y el Caribe, ante lo cual la CNDH llama a los países involucrados a actuar con estricto apego a los principios de legalidad y debido proceso, impulsados todos bajo un principio de corresponsabilidad, de acuerdo con la Convención sobre el Estatuto de Refugiados.

Corzo Sosa puntualizó que este año se incorporaron personas provenientes de Venezuela, que representan el 243% del total de las solicitudes iniciadas con 2,113, y recordó que entre 2016 y 2017 México recibió un flujo migratorio de personas de orígenes haitiano, africano y cubano, quienes se dirigían a los Estados Unidos de América, y con el cambio de la política migratoria de ese país se quedaron en las ciudades de Tijuana, Baja California, y Nuevo Laredo, Tamaulipas, e iniciaron los trámites para regularizar su estancia y pocos recurrieron a la figura de condición de refugiado.

Al centro Édgar Corzo Sosa, Quinto
Visitador General de la CNDH.
Explicó que en materia de refugio y asilo el Estado mexicano tiene tradición de acogida de muchos años, reconocida internacionalmente, y cuenta con la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político, de enero de 2011, que es una de las más modernas y garantistas de América Latina.

En este contexto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó a la opinión pública la Recomendación 35/2017, dirigida a la Coordinadora General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), Anel Sánchez Johnson, y al Comisionado del Instituto Nacional de Migración (INM), Ardelio Vargas Fosado, por violaciones a los derechos humanos a la seguridad jurídica y legalidad, libertad personal, así como al principio del interés superior de la niñez en agravio de un grupo de personas en contexto de migración que solicitaron el reconocimiento de la condición de refugiado.

Durante el procedimiento de reconocimiento de la condición de refugiado de los 16 agraviados, incluidas niñas, niños y adolescentes (NNA) que se encontraban detenidos en diversas estaciones migratorias, la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), no les brindó asesoría, representación, ni atención adecuada en la presentación de su solicitud, ni les respetó el derecho a ser escuchados durante su substanciación; además, las resoluciones que emitió no fueron debidamente fundadas, ni motivadas, y algunos de los solicitantes no pudieron interponer los recursos en contra de esas determinaciones.

De igual manera, tanto la COMAR como el Instituto Nacional de Migración (INM), en el ámbito de sus competencias, dejaron de atender el principio del interés superior de la niñez, ya que no adoptaron las medidas de protección en su favor para evitar que NNA solicitantes de refugio permanecieran detenidos en estaciones migratorias conjuntamente con los demás agraviados.

Al centro Édgar Corzo Sosa, Quinto
Visitador General de la CNDH.
En los procedimientos de reconocimiento de la condición de refugiado de los agraviados, los servidores públicos de la COMAR omitieron dictar alguna medida para que se realizara la valoración respectiva y determinaran las necesidades de protección que requerían los solicitantes, tal como lo prevé el Reglamento de la Ley sobre Refugiados, por lo cual permanecieron detenidos en las estaciones migratorias durante la sustanciación de ese procedimiento.

Por su parte, las autoridades del INM al saber que la mayoría de los agraviados eran solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, se limitaron a suspender el procedimiento administrativo migratorio, sin tomar alguna medida de protección enfocada en buscar alternativas a la detención, como pudiera ser autorizar la condición de estancia de visitante por razones humanitarias; además derivado de la detención a la que se sometió a las NNA, se violentó en su contra el Reglamento de la Ley General de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

Por lo anterior, la CNDH recomienda a los titulares de COMAR e INM localizar a las 16 personas migrantes y repararles el daño en los términos de la Ley General de Víctimas, extenderles su documento de reconocimiento como refugiados y otorgarles residencia permanente en el país; garantizar que ningún solicitante de refugio permanezca detenido en un recinto migratorio, especialmente niñas, niños o adolescentes, y generar un tríptico informativo que se debe entregar al momento de la detención, en el que se describan los derechos y recursos que asisten a los solicitantes de refugio.

De igual manera, se solicitó que los servidores públicos de la COMAR observen los plazos establecidos en la normatividad correspondiente y atiendan el interés superior de la niñez; que se lleven a cabo acuerdos o convenios con organismos e instituciones públicas y privadas que brinden asesoría jurídica y acompañamiento a los solicitantes de refugio durante la sustanciación del procedimiento; se respete el plazo legal para solicitarlo y se elabore un protocolo para entrevistar a los solicitantes, que incluya los lineamientos del ACNUR; se les garantice asesoría jurídica y acompañamiento, y se capacite a su personal en los procedimientos de reconocimiento de la condición de refugiado y derechos humanos.

Por su parte al INM se le recomendó capacitar a su personal en los procedimientos administrativos migratorios y derechos humanos, en específico el derecho a la seguridad jurídica, legalidad, libertad personal y principio del interés superior de la niñez, con énfasis en los derechos fundamentales de las personas en contexto de migración y solicitantes de refugio.

Ambas instancias deberán colaborar con la CNDH en la presentación y seguimiento de las quejas que presente ante los Órganos Internos de Control de la COMAR y del INM contra los servidores públicos involucrados en estos hechos.


La Recomendación 35/2017, que ya fue debidamente notificada a sus destinatarios, puede ser consultada en la página www.cndh.org.mx

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